Ir al contenido principal

¿ A Quienes les corresponde las Gratificaciones por Navidad 2010 ?


Las gratificaciones forman parte de los beneficios sociales que corresponden a los trabajadores como parte del vínculo laboral. Estas pueden ser legales o a título de liberalidad. Serán gratificaciones legales aquellas otorgadas en forma obligatoria por mandato legal (ejemplo: Gratificaciones por Fiestas Patrias y Navidad), convenio colectivo o contrato de trabajo entre los trabajadores y el empleador.También encontramos a las gratificaciones extraordinarias, las cuales son otorgadas de manera excepcional o de forma esporádica, y por tanto no tienen carácter remunerativo, de conformidad con el artículo 19 del Texto Único Ordenado de la Ley de Compensación por Tiempo de Servicios, Decreto Supremo Nº001-97-TR, (01.03.19997).

¿ QUIENES TIENEN DERECHO A PERCIBIR GRATIFICACIONES ?
Tienen derecho a percibir gratificación por Fiestas Patrias y Navidad, los Trabajadores sujetos al Régimen Laboral de la Actividad Privada, sea cual fuere su relación laboral, el tipo de contrato de trabajo y el tiempo de prestación de servicios del trabajador.

Quedan excluidos de los alcances de la normatividad que enmarca a las Gratificaciones Legales, las personas que prestan servicios vía contrato civil de locación de servicios y los que están sujetos a convenios de Modalidades Formativas Laborales (Aprendizaje - con predominio en la Empresa y con predominio en el Centro de Formación Profesional - Prácticas Pre profesionales, Práctica Profesional, Capacitación Laboral Juvenil, Pasantita - Pasantía en la Empresa y Pasantía de Docentes y Catedráticos, y actualización para la Reinserción Laboral).

Base legal: Artículo 1º Ley Nº 27735 y Artículo 1º Decreto Supremo Nº 005-2002-TR).

TRABAJADORES QUE SÍ TIENEN DERECHO AL PAGO DE GRATIFICACIONES

Trabajadores con jornada mayor y menor a 4 horas diarias
Empleados

Obreros

Trabajadores con contrato a plazo fijo y a plazo indeterminado

Trabajadores y socios trabajadores de cooperativas

Trabajadores de pequeña empresa

Trabajadores de sociedades civiles

Trabajadores de empresas autogestionarias

Trabajadores extranjeros

Trabajadores en periodo de prueba

Trabajadores de dirección y de confianza

Trabajadores del hogar

Trabajadores agrarios (incorporados en su remuneración)

Trabajadores que perciben una remuneración integral (incluida en su remuneración)


TRABAJADORES QUE NO TIENEN DERECHO AL PAGO DE GRATIFICACIONES
Practicantes
Pasantes
Jóvenes comprendidos en modalidad formativa
Trabajadores que perciben 30% ó más de la tarifa
Trabajadores de micro empresa
Servidores CAS
Aprendices del SENATI

 REQUISITOS A CUMPLIR PARA GENERAR EL DERECHO A LAS GRATIFICACIONES
Para tener derecho a la gratificación es requisito indispensable haber cumplido como mínimo un mes calendario de trabajo efectivo en la empresa.

Base legal: Artículo 7º Ley Nº 27735

REQUISITOS PARA RECIBIR LA GRATIFICACIÓN
Los trabajadores tienen derecho a percibir el íntegro de la gratificación, siempre que hayan laborado 6 meses en el semestre, (anteriores a la oportunidad del goce de este beneficio).

En caso que el trabajador cuente con menos de 6 meses de servicios percibirá la gratificación en forma proporcional a los meses laborados.
Fuente: Informativo Asesor empresarial y Normas consultadas.

No se olvide que en Pymescont estamos para ayudarlos a resolver sus problemas y dudas sobre cierre contable-tributario,gratificaciones 2010 y demás consultas de asesoría y capacitación, contable , tributaria, financiera e informática. Somos un equipo de profesionales a su servicio 

 JOHN CARLOS SOTIL LUJAN 
Especialista en Contabilidad, Tributación e Informática Mype.
Director general del web blog del Grupo Pymescont.

 GRUPO PYMESCONT
 ¡Ciencia y Tecnología Contable e Informática a Tu Servicio !
INFORMES: (056) 21-97-68, CELULAR : 956887920 , 956270923
 CORREO WEB: pymescont@hotmail.com 
SITIO WEB BLOG: www.pymescont.blogspot.com
 NUEVO RPM MOVISTAR: #013029