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Devolución del Saldo a Favor del Impuesto a la RENTA, a través de Internet.

En el caso que los pagos a cuenta o retenciones fueran superiores al impuesto anual, el contribuyente puede optar entre:

Pedir la devolución del saldo que tenga a su favor; o,

Pedir la aplicación contra futuros pagos a cuenta mensuales y/o regularización del impuesto anual de los siguientes años.

En cualquier caso, se debe dejar expresa constancia de la opción elegida en la declaración jurada anual de Impuesto a la Renta.

De solicitar la devolución del saldo a favor:
Al presentar su PDT 663 de Renta Anual 2009, inmediatamente, podrá presentar su solicitud de devolución del saldo a favor por las rentas del trabajo y/o el saldo a favor por rentas del capital, con total confianza y seguridad, a través de la Internet.

Con este nuevo servicio se beneficiará a todas las personas que hubieran obtenido rentas distintas a las de Tercera Categoría –como alquileres, honorarios por el ejercicio independiente de su profesión, entre otros– durante el año pasado y que determinen saldos a su favor en su PDT 663.

Pasos:

Presentar el PDT N° 663 – Otras Rentas de Personas Naturales (Renta 2009) por Internet consignando la opción 1 de la casilla 140 (rentas del trabajo) y/o casilla 160 (crentas del capital).
Luego de enviar la declaración ingresar al enlace "Solicitud de devolución-rentas del trabajo" y/o "Solicitud de devolución-rentas del capital" (Formulario Virtual N° 1649 "Solicitud de devolución").

Luego de presentar la solicitud de devolución, el sistema validará el trámite, generando de manera automática la constancia de presentación de la solicitud de devolución, la que se podrá imprimir o archivar de manera virtual.

Si el declarante tiene saldo a favor por rentas del trabajo y por rentas del capital podrá solicitar la devolución de ambos saldos. A tal efecto, deberá presentar un Formulario Virtual N° 1649 por cada tipo de renta.

Nota:

De no ingresar al citado enlace luego de enviar la declaración por internet, el declarante sólo podrá solicitar la devolución de su saldo a favor mediante el formulario físico N° 4949 "solicitud de devolución", salvo que rectifique o sustituya el Formulario Virtual N° 663.
Fuente: web de la Sunat.

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