Ir al contenido principal

Sunat modifica Detracciones del IGV y excluye a 13 Bienes y Servicios desde el 2015.

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) modificó el actual sistema de detracciones, con el objetivo de simplificar y facilitar su aplicación así como reducir los costos administrativos y financieros de los contribuyentes.

Según la autoridad tributaria las modificaciones tendrán un impacto neto de 2,000 millones de nuevos soles, que serán liberados a la actividad económica.

Indicó que los cambios aprobados se traducen en la reducción de la cantidad de tasas y de los porcentajes de los mismos y la disminución del plazo para solicitar la libre disposición de saldos no aplicados de cuatro meses a tres meses.

En ese sentido se excluyen 13 bienes y servicios del sistema de detracciones entre los que se encuentra la venta de azúcar, alcohol etílico, algodón desmotado, algodón en rama sin desmotar y bienes gravados con el Impuesto General a las Ventas (IGV) por renuncia a la exoneración.

Asimismo, quedan excluidos aceite de pescado, embarcaciones pesqueras, leche, páprika y otros frutos de los géneros capsicum o pimienta, espárragos, y el servicio de espectáculos públicos que estén gravados con el IGV.

El ente recaudador resaltó que otro cambio establecido es la reducción de la tasa de detracción de nueve por ciento a cuatro por ciento para recursos hidrobiológicos, maíz amarillo duro, harina de pescado y madera.

Para la venta de arena y piedra, oro gravado con el IGV, minerales metálicos no auríferos y minerales no metálicos, la tasa de detracción se reduce de 12 por ciento a 10 por ciento, mientras que para la venta de oro y demás minerales metálicos exonerados del IGV la tasa disminuye de cuatro por ciento a 1.5 por ciento, informó.

"Tratándose de la prestación de servicios gravados con el IGV, la tasa de detracción se reduce de 12 por ciento a 10 por ciento para intermediación laboral y tercerización, arrendamiento de bienes, mantenimiento y reparación de bienes muebles, movimiento de carga, comisión mercantil, fabricación de bienes por encargo, y servicio de transporte de personas", agregó

Recordó que en julio último se aprobó la reducción de la tasa de 12 por ciento a 10 por ciento para Otros Servicios Empresariales y Demás Servicios Gravados con el IGV. 

Cabe indicar que los cambios entrarán en vigencia el 1 de enero del 2015 y será aplicable a aquellas operaciones cuyo origen de la obligación tributaria del IGV se genere a partir de dicha fecha.
Fuente Agencia de Noticias Andina.

Si desea recibir mas noticias para emprendedores , descargar el cronograma de obligaciones tributarias  SUNAT 2014  , recibir la agenda diaria  de vencimientos,o hacer una consulta gratuita debe hacer clic en Me gusta y entre en:www.facebook.com/noticierodelemprendedor. o en www.facebook.com/grupopymescont

GRUPO PYMESCONT
ASESORIA Y CAPACITACION CONTABLE- TRIBUTARIA- FINANCIERA E INFORMATICA
CONSULTAS GRATUITAS:  979315014