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Sunat implementará uso de facturas electrónicas

Objetivo de iniciativa es garantizar fluidez de las transacciones comerciales.

A partir del 1 de julio del presente año, la Sunat implementará el uso de facturas electrónicas en el país, de conformidad con el proyecto de resolución publicado en el portal de dicha institución.

Conforme a la iniciativa, se aprueba el Sistema de Emisión Electrónica en Sunat Operaciones en Línea para la emisión de comprobantes de pago y documentos relacionados directa o indirectamente con éstos, así como la generación de libros y/o registros vinculados con asuntos tributarios, explicó el gerente legal de la Cámara de Comercio de Lima, Víctor Zavala Lozano.

La afiliación a este sistema será opcional y podrá ser efectuada por el sujeto generador de rentas de tercera categoría que cuente con código de usuario y clave SOL y cumpla con determinadas condiciones. Entre ellas, dijo, tener la condición de “habido”; no encontrarse en estado de suspensión temporal de actividades o de baja de inscripción; y que sus ingresos anuales –reales o proyectados– sean iguales o menores a 1,700 UIT, entre otros.

El uso de productos electrónicos concuerda con el marco estratégico de Sunat para promover el cumplimiento voluntario sobre comprobantes de pago, permitiendo la emisión de facturas electrónicas, así como las notas de crédito y débito electrónicas a través de Sunat Operaciones en línea.

“Esta medida favorecerá la fluidez de las transacciones comerciales y el cumplimiento de lasobligaciones tributarias de los contribuyentes que se afilien al sistema, atendiendo a que a la par de la emisión del comprobante de pago, se permitirá el llevado electrónico de los libros y registros vinculados a los tributos”, manifestó el experto al analizar los efectos de este proyecto de resolución.

Detracciones
La Sunat propuso modificar las normas del Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias con el Gobierno Central (SPOT- Detracciones) aplicables al transporte de bienes realizado por vía terrestre.

Estos cambios consisten en reducir de S/. 400 a S/. 200 el monto mínimo para la aplicación de las detracciones; e incrementar el porcentaje para determinar el importe del depósito, de 4% a 6%.

El objetivo es asegurar el pago de las obligaciones tributarias a cargo de los sujetos que prestan los referidos servicios.

Fuente: Diario El Peruano Pág. 14


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