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CRONOGRAMA DE DECLARACIONES RENTA ANUAL E ITF DEL 2015.

El 30 de diciembre de 2015 se publicó la Resolución de Superintendencia 358-2015-SUNAT que aprueba los siguientes formularios virtuales para efectos de la presentación de la Declaración Jurada Anual 2015 con vencimiento a partir del 23 de marzo del 2016.

Dicha Resolución además, aprueba los siguientes formularios virtuales para efectos de la presentación de la Declaración Jurada Anual 2015 con vencimiento a partir del 23 de marzo del 2016:
  1. Formulario Virtual 701 – Renta Anual 2015 – Persona Natural (rentas de primera categoría, rentas de segunda categoría, rentas del trabajo y rentas de fuente extranjera).
  2. Formulario Virtual 702: Renta Anual 2015 – Tercera Categoría.
  3. PDT 702: Renta Anual 2015 – Tercera Categoría e ITF.

El PDT 702 estará a disposición de los deudores tributarios en SUNAT Virtual a partir del 04 de enero de 2016.

El Formulario Virtual 701 – Renta Anual 2015 – Persona Natural y el Formulario Virtual N.° 702 estarán disponibles en SUNAT Virtual a partir del 15 de febrero de 2016.
Los pagos correspondientes a la regularización del Impuesto que no se efectúen a través de los formularios aprobados por el artículo 2° de la presente resolución, deben ser realizados a través del Sistema Pago Fácil o mediante SUNAT Virtual o los Bancos Habilitados utilizando el NPS, los cuales generan el Formulario N.° 1662 – Boleta de Pago, el Formulario Virtual N.° 1662 – Boleta de Pago o el Formulario N.° 1663 – Boleta de Pago, respectivamente, consignando como periodo tributario 13/2015 y como códigos de tributo los siguientes:

  • Para rentas del trabajo: Código 3073 – Regularización Rentas del Trabajo.
  • Para rentas de primera categoría: Código 3072 – Regularización Rentas de primera categoría.
  • Para rentas de segunda categoría originadas en la enajenación de los bienes a que se refiere el inciso a) del artículo 2° de la Ley: Código 3074 – Regularización Rentas de Segunda Categoría.
  • Para rentas de tercera categoría: Código 3081 – Regularización Rentas de Tercera Categoría.