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Mostrando entradas de 2016

Sunat: Cinco gastos por los que ahora querrás pedir comprobante.

Gobierno dará a las personas naturales la posibilidad de disminuir el pago de  Impuesto a la Renta  reclamando recibos de pago Las medidas tributarias dictadas por el Gobierno para dar a las personas naturales la posibilidad de aumentar el descuento para el cómputo del  Impuesto a la Renta  podrían dar resultado y lograr una mayor formalización, afirma Carla Peirano, asociada principal del Estudio Echecopar. El Gobierno ha indicado que las personas naturales (cuarta y quinta categoría) que hoy descuentan de sus ingresos anuales el monto de 7 UIT antes de calcular el pago por Impuesto a la Renta, ahora podrán descontar hasta 10 UIT si desmuestran cinco diferentes tipos de gasto. "Las personas tendremos un gran incentivo para pedir comprobantes de pago. Eso ayudará a la formalización", afirma Peirano, quien detalla que son cinco los tipos de gasto que se han incluido y por tanto, cinco los comprobantes que debemos ir exigiendo y acumulando para pagar menos Impuesto a

SUNAT: Nuevo Fraccionamiento en línea y automático para las Mypes.

El fraccionamiento en línea para las deudas tributarias de empresas y personas naturales que registren ventas anuales hasta por 150 UIT o 592,500 soles implementará la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (Sunat). Así lo informó la gerente de orientación y servicios de esta entidad, Mariam Valdivia, quien aseguró que la medida podría estar dirigida a 75,000 microempresas y personas naturales con ventas netas anuales de hasta 150 UIT. “A partir de este martes 15, los obligados podrán fraccionar su deuda de IGV del período corriente en el mismo momento que presenten su declaración, en un período de 12 meses, siempre que no superen ingresos por 150 UIT”, detalló la funcionaria. Mientras que, añadió, en los casos que la solicitud de fraccionamiento sea por un monto menor a 3 UIT y por plazos menores a 12 meses, la aprobación será automática. Más facilidades Otra medida se refiere a la Declaración Cero para Todos. Con ello, los usuarios que en un mes determi

MEF PLANTEA ANMINISTIA TRIBUTARIA PARA PYMES.

Alfredo Thorne, ministro de Economía y Finanzas, adelantó que se planteará una amnistía tributaria para beneficio de las pequeñas y medianas empresas, dentro del pedido de facultades legislativas que solicitará el presidente del Consejo de Ministros, Fernando Zavala. Con dicha medida, se espera recuperar parte de los S/ 45,000 millones que se encuentran en controversia, tanto en el Tribunal Fiscal, como en el Poder Judicial, así como dar facilidades para que retornen al país, aquellos capitales que salieron del Perú desde fines de los 60 y no tributan. En dicho pedido de facultades, se incluirá la rebaja del IGV, decisión que aún es cuestionada por algunos congresistas. “Hay estudios del FMI donde se calcula cuánto se reducen los precios ante una bajada del IGV. Lamento que muchos economistas nos critiquen”, respondió Thorne, ante los cuestionamientos. Respecto del Impuesto a la Renta, Thorne  señaló que la intención es que las microempresas paguen medio punto porcentual

El despido arbitrario genera daño moral indemnizable.

Cese intempestivo puede generar posible deterioro de la imagen del trabajador afectado. Corresponde indemnizar por daño moral al trabajador despedido en forma arbitraria, debido a que el cese intempestivo sin causa justa ocasiona sufrimiento que se refleja en un posible deterioro en su imagen ante familiares, amigos y la sociedad. Este constituye el principal criterio jurisprudencial que se desprende de la sentencia recaída en la Casación N° 699-2015-Lima emitida por la Sala Civil Permanente de la Corte Suprema de Justicia ,( publicada en el diario oficial el peruano el pasado 30 de junio del 2016) Fundamento. A criterio del colegiado, el haberse puesto fin a la relación laboral de un trabajador sin que medie causa justa de despido conforme a ley, renuncia o acuerdo consensual entre las partes, significa que el empleador no respetó el contrato de trabajo. Situación que implica haber incurrido en la inejecución de la obligación contractual, acto que constituye una conducta anti

Sunat amplía plazo para no sancionar infracciones

La Sunat amplió el plazo hasta el 30 de setiembre para que los contribuyentes regularicen sus infracciones cometidas desde el primero de noviembre del 2008 en los libros y registros electrónicos donde llevan su contabilidad. Inicialmente el plazo para esta regularización vencía hoy, pero en uso de su facultad discrecional y para dar más facilidades a los contribuyentes, la administración tributaria, mediante la resolución de Superintendencia Nacional Adjunta Operativa N° 031-2016-SUNAT/600000, emitida en la fecha (30 de junio) dispuso no sancionar las infracciones tributarias relacionadas al uso de los Libros y Registros  electrónicos, otorgando un plazo adicional para subsanar estas infracciones antes del 30 de setiembre próximo. “En el caso de aquellos contribuyentes obligados o que voluntariamente lleven sus Libros y/o Registros electrónicos a partir del 1 de enero de 2016, las infracciones no serán sancionadas siempre que sean regularizadas antes del 31 de diciembre de 2016”

MEF exoneró del IGV la exportación de 7 tipos de servicios.

Siete operaciones de exportación de  servicios  quedaron exoneradas del pago de IGV y tendrán derecho a devolución del  IGV  por las compras realizadas para generar sus servicios, informó el Ministerio de Economía y Finanzas,  MEF . Los nuevos servicios incorporados son: i) Servicios de consultoría, asesoría y asistencia técnica; ii) Servicios de diseño; iii) Servicios editoriales; iv) Servicios de imprenta; v) Servicios de investigación científica y desarrollo tecnológico; vi) Servicios de asistencia legal; y, vii) Servicios audiovisuales. La medida llega como un punto medio al reclamo de diversos gremios empresariales como la Cámara de Comercio de Lima y la Asociación de Exportadores que impulsaron en el Congreso una Ley de Exportación de Servicios, que tenía como principal beneficio la devolución del IGV. El Gobierno, a recomendación del MEF, observó la ley dada en el Congreso, pero los gremios estan presionando para que los parlamentarios insistan en la norma. Antes que

Informe de Sunat sobre fiscalización tributaria a los artistas - 2016

MATERIA:  Se plantea el caso de personas naturales que realizan actividades artísticas, que celebran contratos con empresas, por los cuales perciben ingresos que declaran como rentas de tercera categoría, a pesar que dichos contratos contienen cláusulas en las que se especifican que los servicios serán prestados a título personal, así como se les fija un horario determinado y se les proporciona las herramientas y materiales necesarios para las prestación de tales servicios CONCLUSIONES: 1. La SUNAT, en el ejercicio de su función fiscalizadora prevista en el artículo 62° del Código Tributario, es competente para deter minar, en un procedimiento de fiscalización, la existencia o inexistencia de una relación laboral entre los artistas y las empresas a las cuales le prestan servicios. 2. En el supuesto que la SUNAT determine que los servicios prestados por los artistas a las empresas que los contratan no califican como una prestación de servicios gravada con el IGV, en tanto generan

El sujeto que conforma una unión de hecho con el deudor tributario.

RTF N° 16776-3-2013 (08-11-2013) El sujeto que conforma una unión de hecho con el deudor tributario no tiene la calidad de tercero en el procedimiento de cobranza coactiva. vea la RESOLUCION COMPLETA EN EL SIGUIEMTE ENLACE: http://www.mef.gob.pe/contenidos/tribu_fisc/Tribunal_Fiscal/PDFS/2013/3/2013_3_16776.pdf

Más juzgados y salas en lo tributario y aduanero.

Diez nuevos órganos jurisdiccionales de naturaleza penal y contenciosa administrativa en el ámbito nacional, con competencia en las subespecialidades tributaria, aduanera, de mercado y ambiental, pondrá en funciones el Poder Judicial. La judicatura, de este modo, espera coadyuvar con la promoción de la inversión privada en el país, al asegurar procesos rápidos y céleres para la solución de controversias que puedan suscitarse, dijo su titular Víctor Ticona. Anotó que la reciente transferencia de recursos del Ejecutivo al Poder Judicial, vía DS Nº 141-2016-EF, permitirá, además, equipar estos nuevos órganos de justicia con herramientas tecnológicas como las notificaciones electrónicas y la videoconferencia. En dicho fin, afirmó que desde agosto próximo funcionará una sala penal de apelaciones de alcance nacional, una sala contenciosa administrativa con subespecialidad en tributario y aduanero en Lima; así como seis nuevos juzgados de investigación.

Incorporan nuevas reglas a las inspecciones laborales.

Directiva promueve estandarización de procesos para mayor confiabilidad. La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil), con el aporte de la ciudadanía, uniformizó los criterios que se emplearán para la supervisión del cumplimiento de las normas sociolaborales en los centros de trabajo. Fue al aprobar la directiva denominada ‘Reglas generales para el ejercicio de la función inspectiva’, que recoge los aportes ciudadanos en la actuación que deberán mantener los inspectores de trabajo para la realización de sus intervenciones fiscalizadoras. Así, la Sunafil cuenta por fin con un instrumento técnico y normativo que de forma precisa establece los criterios generales para el desarrollo de la etapa inspectiva en los centros laborales, refirió un vocero de esta institución. Características La directiva, de este modo, consolida en un único cuerpo normativo todas aquellas reglas generales y aspectos comunes de la actuación inspectiva de investigación que

Alternativas de Financiamiento para el Emprendedor Peruano ( PARTE 1 )

Talleres de capacitación en competencias conductuales que permitan al emprendedor fortalecer sus habilidades gerenciales y así generar sinergias para conectar propósitos personales y organizacionales, e incrementar la productividad laboral. Así, también, se incorpora técnicas para la identificación de puntos de mejora, por lo que se culmina en la presentación de un Plan de Vida. GRUPO PYMESCONT- Lima: Oficina Miraflores: Centro Empresarial José Pardo, Calle Mártir José Olaya 129, Miraflores- Lima 18,  Oficina San Isidro: Calle Las Camelias 877.  SEDE ICA: CALLE AYACUCHO 421-OFICINA 3-SEGUNDO PISO- FRENTE A LA PLAZA BARRANCA- A UNA MEDIA CDRA. DEL PODER JUDICIAL DE ICA. CONSULTAS PREVIA CITA AL 952027277. www.pymescont.com www.facebook.com/pymescont

400 BECAS Y CAPITAL SEMILLA PARA EMPRENDEDORES DE ICA.

Amigos Emprendedores, Les comunico que el Programa Nacional “IMPULSA PERÚ” del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo otorgará 400 becas para emprendedores que residan o tengan un negocio en los distritos de: Ica, La Tinguiña y Parcona, mayores de 30 años, y cuenten con NEGOCIO EN MARCHA (con menos de 2 años de antigüedad). Recibirán capacitaciones gratuitas en la gestión del negocio con especialistas de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, y mediante un concurso se entregará un Capital Semilla de S/. 3,500 a los mejores planes de negocio. Los interesados en mejorar su negocio, acercase con: -Teléfonos: 999083675 - 980219482 - 945991189 -DNI vigente (original y copia) y copia de recibo de agua o luz -Dirección: Calle Camaná 150 - Ica -De Lunes a Viernes de 08:30 a.m. a 6:00 p.m. www.impulsaperu.gob.pe JOHN SOTIL LUJAN DIRECTOR DEL NOTICIERO DEL EMPRENDEDOR GRUPO PYMESCONT CONTABILIDAD Y TRIBUTACION A SU ALCANCE- UN MES GRATIS CURSOS, SE

Fijan requisitos para decidir sobre prescripción de deudas.

El Tribunal Fiscal (TF) estableció los requisitos para pronunciarse respecto a la prescripción de una deuda tributaria a solicitud del contribuyente mediante la interposición de una queja. 17/2/2016 Por tanto, procederá dicho pronunciamiento cuando la deuda tributaria se encuentre en cobranza coactiva, la prescripción hubiera sido invocada previamente ante el ejecutor coactivo y este haya omitido responder o denegar lo solicitado contraviniendo al Código Tributario, detalla la RTF N° 00226-Q-2016. Este colegiado, además, determinó que tal pronunciamiento podrá referirse también a la prescripción de la acción de la administración fiscal para fijar la obligación tributaria, al igual que sobre la acción para exigir su pago y aplicar sanciones. Así, dichos criterios constituyen precedente jurisprudencial de observancia obligatoria para la administración fiscal y los contribuyentes. Implicancias “A partir de la lectura de esta decisión existen diversos a