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Incorporan nuevas reglas a las inspecciones laborales.


Directiva promueve estandarización de procesos para mayor confiabilidad.


La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil), con el aporte de la ciudadanía, uniformizó los criterios que se emplearán para la supervisión del cumplimiento de las normas sociolaborales en los centros de trabajo.

Fue al aprobar la directiva denominada ‘Reglas generales para el ejercicio de la función inspectiva’, que recoge los aportes ciudadanos en la actuación que deberán mantener los inspectores de trabajo para la realización de sus intervenciones fiscalizadoras.

Así, la Sunafil cuenta por fin con un instrumento técnico y normativo que de forma precisa establece los criterios generales para el desarrollo de la etapa inspectiva en los centros laborales, refirió un vocero de esta institución.

Características
La directiva, de este modo, consolida en un único cuerpo normativo todas aquellas reglas generales y aspectos comunes de la actuación inspectiva de investigación que realiza el inspector de trabajo durante los 30 días previos al procedimiento sancionador, conforme lo dispone la legislación laboral vigente.

Mediante este dispositivo, entonces, se propicia una mayor estandarización de los procedimientos ante la autoridad administrativa de trabajo, reduciéndose el margen de la discrecionalidad en la actuación inspectiva.

Utilidad
Por tanto, la directiva constituye una herramienta útil para los inspectores de trabajo y servidores públicos que integran el sistema de inspección del trabajo, así como para los trabajadores, empleadores y sus representantes.

Esta disposición, además, contribuye a determinar la competencia de las entidades que ejercen la función inspectiva en todo el territorio nacional. A su vez, establece las pautas necesarias para la fiscalización laboral en las entidades públicas y la pequeña y microempresa.

Actuación coordinada
En la directiva anotada, también se fija la mecánica operativa para la actuación coordinada con otras instituciones del Estado, así como para el auxilio y colaboración en casos específicos.

Por ejemplo, cuando se produce la obstrucción a la labor inspectiva, es decir cuando un inspector enfrenta la negativa de ingreso por parte de los empleadores o representantes de la empresa.

Ante esta situación, la norma contiene los lineamientos y acciones a realizar para que la Policía Nacional del Perú (PNP) brinde la seguridad y el apoyo correspondiente al inspector de trabajo.

Indica, de igual modo, los plazos mínimos y máximos para el inicio, desarrollo y conclusión de las actuaciones inspectivas.

Define, asimismo, los supuestos de determinación de los inspectores de trabajo ante una orden de inspección, así como los casos de abstención para el ejercicio de la función inspectiva.

Seguridad y salud
La opinión de la ciudadanía sobre la seguridad y salud en el trabajo también es importante para la Sunafil, por lo que esta entidad viene recogiendo y consolidando los aportes ciudadanos respecto a los proyectos de directiva ‘Ejercicio de la función inspectiva en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo’, y ‘Guía para la Implementación del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo’.

Acciones
Durante el presente año, la Sunafil aprobó y publicó tres nuevas directivas: Disposiciones para la supervisión del sistema de inspección laboral; Derecho de los ciudadanos en el sistema inspectivo de trabajo, y el Protocolo de actuación en materia del trabajo forzoso.

Además, está recogiendo y consolidando los aportes ciudadanos a los proyectos de directivas Disposiciones aplicables para la Fiscalización de los Contratos de Trabajo Sujetos a Modalidad, y Disposiciones para el ejercicio de la Función Inspectiva en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo para el sector industrial.


Diario Oficial El Peruano (06.04.2016)

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