El plazo para depositar la Compensación por Tiempo de Servicios(CTS), correspondiente al periodo entre mayo 2015 y octubre 2015, vencerá mañana Lunes 16 de noviembre.Según el Art. 22 de la Ley de CTS, como el 15 de noviembre es un día inhábil (domingo), el depósito de la CTS se puede efectuar hasta el día hábil siguiente.
Como se sabe, desde junio pasado los trabajadores tienen acceso al 100% del excedente de cuatro sueldos de su CTS, gracias a un proyecto aprobado en el Congreso.
Para determinar este monto debes considerar tu último sueldo y multiplicarlo por cuatro. "Por ejemplo, si el total depositado en el banco es 10 000 soles y el sueldo del trabajador es 2000 soles; los 4 sueldos equivalen a 8000 soles; el exceso a 4 sueldos será 2000 soles",
Para hacer el depósito, los empleadores tendrán que considerar el tipo de empresa (micro, pequeña, mediana y gran empresa), la antigüedad de sus trabajadores y si la compañía está inscrita o no en el Registro Nacional de la Micro y Pequeña Empresa (Remype).
CASOS ESPECIALES
► Mediana y Gran Empresa. Los empleadores deben tomar en cuenta el sueldo del trabajador al 31 de octubre y agregarse un sexto de la gratificación pagada en julio de este año. La CTS a depositar será equivalente al 50% de la suma de ambos conceptos. Por ejemplo: S/.3000 + S/.500 = S/.3500 soles / 12 = S/.292 soles x 6 = S/.1752. (monto a depositar).
► Pequeña Empresa. En caso la empresa esté inscrita en el Remype, los trabajadores contratados hasta antes del registro de la firma, tendrán derecho a recibir CTS, mientras que los trabajadores nuevos, contratados luego del registro en el Remype tendrán derecho al 50% de CTS.
Cabe recordar que en el caso de la pequeña empresa los ingresos anuales no deben ser superiores a los 1700 UIT, es decir, S/.6' 545.000.
►Microempresa. Si la empresa no está inscrita en el Remype todos sus trabajadores tendrán derecho a CTS, bajo el régimen general. Los nuevos trabajadores de la microempresa ,contratados luego de que la empresa se inscribió en el Remype, recibirán una CTSequivalente al 50% del régimen común.
C & S CONSORCIO CONTABLE - TRIBUTARIO
ASESORÍA EMPRESARIAL CONTABLE - TRIBUTARIA Y CURSOS DE CAPACITACIÓN VIRTUALES Y PRESENCIALES A NIVEL NACIONAL.
VISITE NUESTRA WEB: www.contabilidadytributacionperu.es.tl
VEA NUESTROS CURSOS VIRTUALES: www.miscursosvirtuales.es.tl