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Mostrando entradas de junio, 2014

Sepa cómo presentar su descanso médico ante su empleador.

Asegúrese de que todos los datos que se consignan sean correctos para que su documento sea válido. Si es de los que en alguna oportunidad se enfermó y, por esa causa, dejó de asistir a centro de labores, es casi seguro que aún con el malestar encima se haya puesto a pensar en la necesidad de contar con el descanso médico para evitar que los descuentos se asomen en su próxima boleta de pago. Para evitar que su descanso médico sea rechazado ante la falta de sustentos técnicos o frente a algún error, asegúrese de que el documento que tiene que presentar, que no debe tener borrones ni enmendaduras, contenga estos datos: Nombre completo del paciente. Diagnóstico médico. Fecha de inicio y término del descanso. Número de días de descanso médico. Firma (igual que en el DNI), sello y número de colegiatura del médico tratante. En caso se trate de “atenciones ambulatorias”, los sustentos obligatorios son: Descanso médico original. Receta médica e indicaciones. Recibo por

ONP o AFP: ¿en qué sistema previsional conviene aportar?

Antes de entrar a un sistema previsional, hay varios por analizar como años de aporte, monto de la pensión, entre otros puntos Si usted acaba de ingresar al mercado laboral o si ya está en él como independiente, tendrá que elegir un sistema previsional: el privado o el nacional. ¿Conoce usted las ventajas y desventajas de uno frente a otro? Quizás el principal aspecto que debe usted observar es que en el sistema nacional de pensiones (SNP) tiene que aportar por 20 años para luego recibir una pensión. Esto es, si usted se jubila luego de 19 años de aporte, no tendrá ninguna pensión en el SNP. En el sistema privado de pensiones (SPP) no existe un tiempo mínimo de aportes. De otro lado, en el SNP uno recibe su pensión mientras viva, mientras que en el SPP uno se jubila con un fondo que algún día se acabará. Sin embargo, existe la modalidad de tomar un seguro llamado renta vitalicia, que le asegurará una pensión fija mientras viva. Tenga en cuenta que en el SNP, si uno fallece, no h

MEF anuncia reducción de deudas tributarias.

El ministro de Economía y Finanzas,   Luis Miguel Castilla , aseguró que el   paquete de medidas para reactivar la economía   que presentará el Poder Ejecutivo al Congreso en los próximos días incrementará el crecimiento del país en 1,5 a 3 puntos adicionales en los próximos dos o tres años . Detalló que estas medidas tienen cuatro ejes centrales: modificaciones en temas tributarios, laborales, ambientales y en todo lo que se refiere a facilitar la inversión público privada. "Por lo menos esto (el paquete de medidas de reactivación económica) le puede añadir 1,5 a 3 puntos adicionales de crecimiento al país en los siguientes dos o tres años", señaló en RPP Noticias. Castilla detalló que el paquete de normas anunciado por el Gobierno   considera la reducción de deudas tributarias que beneficiará a más de 180,000 contribuyentes . "Se trata de reducciones de deudas incobrables de más de 20 mil millones de soles de la Sunat, que representan el 20% del stock total

Presidente Humala anuncia medidas para reactivar economía.

Un paquete de medidas que permitirán impulsar el crecimiento económico y las inversiones de pequeñas, medianas y grandes empresas presentará el Poder Ejecutivo al Parlamento Nacional en los próximos días. Así lo anunció anoche el presidente Ollanta Humala durante la ceremonia por el 118° aniversario de la Sociedad Nacional de Industrias (SNI) y el Día de la Industria Nacional. Durante su discurso, manifestó que este grupo de medidas, que beneficiará a todos los peruanos, constituye “una nueva etapa” dentro de las reformas impulsadas por el Gobierno para agilizar las inversiones. Tres frentes Tras recordar que se emitieron paquetes de normas en mayo, julio y diciembre del año pasado, que se sumaron a otras normas aprobadas en el último año y medio, “aún existe una serie de limitaciones para que la inversión privada se ejecute a la velocidad que necesitamos los peruanos”. Precisó que las nuevas medidas, abordadas ayer en la sesión número 215 del Consejo de Ministros, esta

La Sunat y la Nueva Comunicación Virtual de Transferencia de Acciones.

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) reguló la comunicación virtual de las emisiones, transferencias y cancelación de acciones y participaciones. La Ley del Impuesto a la Renta establece que las personas jurídicas domiciliadas en el país tienen la obligación de comunicar al ente recaudador en la forma, plazos y condiciones que este señale, las emisiones, transferencias y cancelación de acciones realizadas. Se incluyen las enajenaciones indirectas, que constituyen las transferencias de acciones o participaciones de personas no domiciliadas que, a su vez, son propietarias de acciones de personas domiciliadas, señala un informe de la Cámara de Comercio de Lima (CCL). Así, la Sunat mediante la Resolución de Superintendencia N° 169-2014/SUNAT aprobó el formulario virtual 1605 para efectuar dicha comunicación. precisión La comunicación debe hacerse al mes siguiente de la fecha en que los actos se realicen, en los plazos fijados para cumpl