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APLAZAN FISCALIZACIÓN DEL T-REGISTRO Y PLAME.


El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) determinó que durante los seis primeros meses de
 este año la fiscalización de las obligaciones relativas al Registro de Información Laboral (T-Registro) y a la
 Planilla Mensual de Pagos (Plame) será preferentemente de carácter preventivo, motivo por el cual las 
inspecciones laborales realizarán actuaciones de orientación técnica en dicha materia.

Así lo detalló el laboralista Germán Lora al explicar los alcances de la Resolución Ministerial N° 026-2012-TR, 

publicado recientemente por el sector Trabajo.
Agregó que el objeto es promover y asesorar el adecuado cumplimiento de las obligaciones vinculadas 
a dichos instrumentos electrónicos, antes del inicio de las acciones de fiscalización correspondientes.

Información vital
El T-Registro es el registro de los empleadores, trabajadores, pensionistas, prestadores de servicios,
 personal en formación ''modalidad formativa laboral y otros (practicantes), personal de terceros y 
derechohabientes. Comprende información laboral, de seguridad social y otros datos sobre el tipo 
de ingresos de los sujetos registrados.

La Plame comprende información mensual de los ingresos de los sujetos inscritos en el T-Registro, 

así como de los prestadores de servicios que obtengan rentas de Cuarta Categoría; los descuentos,
 los días laborados y no laborados, horas ordinarias y en sobretiempo del trabajador.

Además, contiene información correspondiente a la base de cálculo y la determinación de los 

conceptos tributarios y no tributarios cuya recaudación le haya sido encargada a la Sunat.
Así, se aplaza el carácter sancionador de estas inspecciones, que debían empezar en este mes.

Importante
1. La planilla electrónica es el documento llevado a través de los medios informáticos desarrollados
 por la Sunat, en que figura la información de empleadores, trabajadores, pensionistas, 
prestadores de servicios, personal en formación y derechohabientes.

2. Esta planilla está conformada por la información del T-Registro y la Plame.

Faltas graves
Según la Ley General de Inspecciones, constituyen faltas graves en materia laboral no registrar 
trabajadores, pensionistas, prestadores de servicios, personal de modalidades formativas, o 
derechohabientes en la Planilla Electrónica, o no registrar trabajadores y prestadores de servicios 
en el plazo y con los requisitos previstos, incurriéndose en una infracción por cada trabajador o 
prestador de servicios. Además, no efectuar el alta en el registro, la modificación o actualización
 de datos o la baja en el registro en el plazo correspondiente.

Fuente: Diario Oficial El peruano (23.01.2012).