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DECLARACION RENTA ANUAL DEL 2008 EN EL 2009



Grupo Pymescont
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Obligados a presentar la Declaración de Renta Anual 2008.
Las personas y empresas que generen rentas de Tercera Categoría (es decir, que realicen actividades comerciales, de servicios y/o industriales) y cualquier tipo de actividad empresarial ,pertenecientes al Régimen General del Impuesto a la Renta.
Las personas que hayan obtenido otras rentas distintas a las de tercera categoría, como por ejemplo:

Rentas de Primera Categoría: alquileres por el arrendamiento de un inmueble.
Rentas de Segunda Categoría: ganancia por la venta de un inmueble que no sea su casa habitación
Rentas de Cuarta Categoría: Honorarios profesionales cobrados durante el año por el ejercicio independiente de su profesión
Rentas de Quinta Categoría: Sueldos cobrados durante el año como empleado dependiente.
Y que se encuentren en cualquiera de las siguientes situaciones:
Los que determinen un saldo a pagar del impuesto a la renta , luego de deducir todos los créditos y pagos a cuenta efectuados durante el año.
Los que arrastren saldos a su favor del impuesto a la renta de ejercicios anteriores o hayan aplicado dichos saldos contra los pagos a cuenta del Impuesto durante el año 2008.
Los que tengan pérdidas tributarias pendientes de compensar acumuladas al ejercicio gravable 2007 o tengan perdidas tributarias en el ejercicio 2008.
Las personas que hayan obtenido por las rentas de las categorías antes referidas durante el año 2008 por un monto mayor a S/. 30,625.
Las personas que hayan percibido durante el año 2008, rentas de cuarta categoría por un monto mayor a S/. 30,625.
Las personas o entidades que hubieran realizado operaciones gravadas con el ITF, al ser generadoras de rentas de tercera categoría y hayan efectuado, durante el ejercicio, el pago de más del 15% de sus obligaciones sin utilizar dinero en efectivo o Medios de Pago.
Recuerde que :
NO ESTAN OBLIGADOS A PRESENTAR LA DECLARACION ANUAL DE RENTA:
Las personas que en el año 2008 hubieran obtenido exclusivamente rentas de quinta categoría.
Los contribuyentes no domiciliados en el país que obtengan rentas de fuente peruana sobre las cuales no se hubiere realizado la retención del Impuesto a través de la empresa o entidad pagadora.
En este último caso deben realizar el pago de las retenciones no efectuadas mediante el formulario impreso N° 1073, habilitado para el pago del Impuesto, consignando el código de tributo 3061 - Renta No domiciliados - Cuenta Propia y el periodo correspondiente al mes en que procedía la retención.

CRONOGRAMA DE VENCIMIENTO IMPUESTO A LA RENTAEJERCICIO 2008
Según el último dígito de su número del RUC
ULTIMO DÍGITODEL RUC
FECHA DEVENCIMIENTO




9
26 de marzo de 2009
0
27 de marzo de 2009
1
30 de marzo de 2009
2
31 de marzo de 2009
3
01 de abril de 2009
4
02 de abril de 2009
5
03 de abril de 2009
6
06 de abril de 2009
7
07 de abril de 2009
8
08 de abril de 2009



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