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Sunat permite autorizar por Internet a un tercero para trámites tributarios.


La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) informó hoy que ha implementado una opción en su portal web que permite a los contribuyentes autorizar a una tercera persona a través de Internet para que puedan efectuar sus trámites relacionados al Registro Unico del Contribuyente (RUC) y comprobantes de pago.
De esa manera, señaló que simplifica sus servicios, reduciendo el tiempo y costos de los contribuyentes para que cumplan con sus obligaciones tributarias ya que no tendrán la necesidad de elaborar una carta poder y legalizar su firma.
Para acceder a esta alternativa, el usuario deberá ingresar a www.sunat.gob.pe al módulo Sunat Operaciones en Línea (SOL) con su “Clave SOL” para autorizar a la persona que realizará sus trámites tributarios en los diferentes puntos de atención de la Sunat.
Explicó que antes de la puesta en marcha de este servicio, era necesario que el contribuyente presentara una carta poder ante la Sunat con su firma legalizada detallando los datos de la persona a quien autorizaba y qué trámites podía efectuar la misma.
Ahora, la autorización la podrá realizar por Internet consignando los datos de la persona y los trámites a efectuar, entre ellos la reactivación del número de RUC, modificación de datos en el RUC – Suspensión y otros, solicitud de baja de inscripción en el RUC - Otros casos, y emisión de la Ficha RUC (CIR).
También alta, baja y cambio de ubicación de máquinas registradoras; inscripción en el Registro de Imprentas; modificación / retiro voluntario del Registro de Imprentas; comprobante por Operaciones No Habituales - Formulario N° 820; autorización para la emisión de Boletos de Transporte Aéreo por Medios Electrónicos (BME).
(FIN) JPC/JPC
Fuente: Andina-Fecha: 24/12/2012