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Mostrando entradas de agosto, 2011

INCREMENTAN REMUNERACIÓN MÍNIMA VITAL.

El Ejecutivo publicó hoy un decreto supremo mediante el cual  se pone en vigencia  el aumento en S/.75  de la Remuneración Mínima Vital  ( RMV ) a partir de este mes. Es decir, pasará de S/.600 a S/.675, y aumentará a S/.750 el próximo año, en cumplimiento de la oferta electoral del nuevo gobierno. Sin embargo, los trabajadores que ganan el mínimo  no recibirían este mes la totalidad del incremento, sino solo el 50% , dado que las leyes no tienen efecto retroactivo, afirmó el abogado laboralista Jorge Toyama. “Para que el alza haya sido al 100%, el decreto debió haberse publicado, a más tardar, el 1 de agosto”, refirió. Por ello,  recién en setiembre se podrían cobrar los S/.75 completos . El especialista indicó que el Gobierno tampoco podría disponer que el reajuste se pague completo en agosto, porque sería inconstitucional. “Si bien se beneficiaría a los trabajadores, la ley es la ley y hay que cumplirla. Además, para efectos prácticos, las medidas no pueden tener

Guía para Empezar un Negocio en Casa.

Trabajar en la comodidad del hogar no tiene precio. Aparte de generar un ahorro mensual, se puede tener horarios manejables e ingresos propios. Hace unos años, Javier dejó el Perú y se fue trabajar a los Estados Unidos. Actualmente, administra un restaurante en Miami y, además, tiene entre manos un interesante emprendimiento. Se las ha ingeniado para dar clases de inglés a cuatro alumnos rusos utilizando  Skype . ¿Cómo le va? Sus cuatro estudiantes  representan un ingreso extra de US$320 por hora, y está pensando ampliar su servicio . Solo basta  creatividad, bastante empeño y disciplina  para tener el éxito esperado en un negocio individual en el Perú o en el extranjero, asegura el experto en finanzas personales Juan Carlos Ocampo. La gran ventaja de trabajar en casa es que se reduce la inversión en transporte y en tiempo.  Un rubro que tiene éxito en silencio es el servicio de manicure y pedicure . “Si la persona emprendedora es eficiente, puede hasta triplicar sus ingresos

PREGUNTAS FRECUENTES SOBRE EL USO DEL NUEVO T-REGISTRO OBLIGATORIO A PARTIR DE HOY.

Como es de conocimiento público, desde hace un tiempo, tanto el Ministerio de Trabajo (MINTRA) como la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT), han venido coordinando la implementación de lo que se ha denominado el “T – REGISTRO”, mecanismo destinado a facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias, laborales y de la Seguridad Social que se declaran a través de la Planilla Electrónica. A efectos de cumplir ese objetivo, el MINTRA ha aprobado los Decretos Supremos Nºs 015-2010-TR y 008-2011-TR, a través de los cuales se han descrito las bases de este mecanismo. Sin embargo, es con la Resolución de Superintendencia Nº 183-2011/SUNAT, a través de la cual se han aprobado los medios informáticos mediante los cuales, el empleador deberá cumplir con registrar en el T- REGISTRO tanto la información de los trabajadores como de sus derechohabientes (F 1603 y 1604), así como el medio informático a utilizar para la presentación de la Planilla Mensual