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COMO HACER LA IMPORTACIÓN DE BIENES CON EL NUEVO RÉGIMEN DE ENVÍOS DE ENTREGA RÁPIDA (EER) SIN PAGO DE ARANCELES POR TLC CON EE.UU.


CONOZCA. NUEVO RÉGIMEN ADUANERO ESPECIAL EN VIGENCIA ACORDE AL TLC CON ESTADOS UNIDOS.

Amplían monto de importación de bienes sin pago de aranceles.

Sistema con ventajas y aspectos relevantes por tomar en cuenta.


El nuevo régimen aduanero especial de Envíos de Entrega Rápida (EER), también conocido como "courier", entró desde este mes en vigencia para incentivar las compras de bienes de montos menores desde el exterior en concordancia con lo dispuesto en el Acuerdo de Promoción Comercial (TLC) suscrito entre el Perú y Estados Unidos. 

Las personas y empresas podrán así importar bienes por un monto máximo de 200 dólares sin pagar los derechos arancelarios correspondientes y sin considerar el peso de la mercancía.
"Con el régimen aduanero de envíos de entrega rápida reglamentado mediante Decreto Supremo 011-2009-EF y sus modificaciones venimos a regular lo que a través de dicho TLC se comprometió el Perú cuando lo firmó con Estados Unidos", destacó José Espinoza Portocarrero, jefe de la División de procesos aduaneros de despacho de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (Sunat).
De acuerdo con ese tratado, dijo, este nuevo régimen entraría en vigencia dos años después de la entrada en vigencia de ese acuerdo. "Y justamente el 1 de febrero entró en vigencia este régimen aduanero, tal como lo señala dicho TLC", agregó.
Sin embargo, refirió, se establece que tal régimen aduanero también es aplicable para todos los países, y no sólo para Estados Unidos.

Ventajas del régimen. Una de las principales ventajas del nuevo régimen aduanero especial de EER es que acorta los tiempos, considerando que normalmente quien usa este servicio, que es mediante la vía aérea, es el que quiere una mercancía muy rápidamente.
"Con este nuevo régimen aduanero especial se prevé –por ejemplo– que la mercancía pueda estar liberándose en ocho horas después de la llegada de la misma", detalló Espinoza Portocarrero.
"Otra ventaja es que ya se ha establecido cierta inafectación de tributos para mercancías, ya no sólo restringida a 100 dólares como era antes, sino a 200 dólares".
Además, remarcó, cualquier contribuyente que traiga una mercancía por menos de ese valor tiene un beneficio. "Se han previsto adecuaciones de modo tal de que podamos actuar y los usuarios tengan más rápido sus mercancías en casa", subrayó el funcionario.
Pero lo que se ha previsto a su vez, aseveró, es que al acortar más los tiempos también se puede manejar mucho el tema de costos de oportunidad.
Otro beneficio que proporciona el nuevo régimen aduanero especial de EER está vinculado a la obtención de insumos para la elaboración de productos a exportar. "Normalmente, los exportadores no solo se comprometen en cuanto a la calidad, sino en cuanto al tiempo y no todos los insumos que pueden utilizar para un producto que fabrican acá son nacionales, sino que importan insumos", expresó Espinoza Portocarrero.
"En algunos casos, sobre todo en textiles, es muy usual que el extranjero diga al productor nacional que le enviará los botones, la etiqueta, el cartón. Hay insumos particulares que se pueden traer por EER y si este sistema se retrasa complica al exportador, porque lo  perjudicará en los tiempos de entrega del lote de exportación que saldrá ya como carga".
Consecuentemente, refirió, el productor nacional se sirve de estos medios para tener a tiempo el insumo necesario para la elaboración del producto que se ha comprometido entregar.

Información anticipada.Un punto importante del nuevo régimen aduanero especial de EER es la información anticipada sobre la mercancía que ingresa, por cuanto esa información, reveló Espinoza Portocarrero, permitirá a la Sunat –cuando llegue la mercancía– hacer acciones de control extraordinario.
"Antes como la información se tenía después del ingreso de la mercancía, no se podían ejercer eficientemente esas acciones. Para nosotros sera un gran salto el trabajar con información anticipada, para evitar los posibles fraudes que se puedan querer cometer", refirió el funcionario de la Sunat.

Partida 9809.Se creó la partida 9809 para clasificar los EER según las categorías en que las empresas de EER los agrupen:
a) Categoría 1: Comprende los envíos de correspondencia, documentos, diarios y publicaciones periódicas, sin fines comerciales. A esta categoría le corresponde la subpartida nacional 9809000010.
b) Categoría 2: Comprende los envíos que amparen mercancías hasta por un valor FOB de 200 dólares por envío. A esta categoría le corresponde la subpartida nacional 9809000020.
c) Categoría 3: Comprende los envíos que amparen mercancías cuyo valor FOB sea superior a 200 dólares hasta un máximo de dos mil dólares por envío. A esta categoría le corresponde la subpartida nacional 9809000030.
Se ha implementado un despacho aduanero más ágil para los envíos de Categoría 1 (correspondencia, documentos, diarios y publicaciones periódicas sin fines comerciales) sin la presentación física de documentos y utilizando el control no intrusivo (rayos x) para no efectuar la revisión de cada envío.

Aspectos relevantes
1. Antes de la puesta en vigencia del nuevo régimen aduanero especial de EER, las personas naturales podían efectuar una importación por un valor menor o igual a 100 dólares y siempre que no exceda de 50 kilos.

2 .Con base en el "courier", los envíos cuyo valor sea superior a 200 dólares y menor de dos mil dólares, se les aplicará una tasa arancelaria única de 4 por ciento.

3. Este nuevo régimen aduanero especial simplifica el envío y recepción de la mercancía, pues se podrá remitir anticipadamente mediante el medio electrónico a la Sunat la información sobre la carga que arribará al país.

4. Hasta antes del “Courier” el terminal de almacenamiento postal transmitía la información de la carga dentro de las 24 horas siguientes al ingreso de la misma, pero ahora se remitirán los datos de la importación con una anticipación de dos horas antes de la llegada del medio de transporte.

Características.
Los EER no tienen límite de valor ni peso.
La empresa de EER transmite el manifiesto con una anticipación mínima de dos horas antes de la llegada del medio de transporte.
El ingreso de los EER constituidos por correspondencia, documentos, diarios y publicaciones periódicas sin fines comerciales y las mercancías cuyo valor FOB no exceda de 200 dólares por envío están inafectos del pago de derechos arancelarios.
No existe un tope para los envíos por destinatario.
La entrega de los EER al destinatario se efectúa dentro de las seis horas computadas desde la presentación de la documentación aduanera requerida.
Fuente: Diario oficial el Peruano.
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