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Mostrando las entradas etiquetadas como TRAMITES SUNAT

RECIBOS DE CELULARES, INTERNET, GAS, CABLE Y ESTADOS DE CUENTA BANCARIA ACREDITARAN DOMICILIO FISCAL DE CONTRIBUYENTES.

A partir del 16 de octubre del presente año la administración tributaria   aceptará a fin de acreditar el domicilio fiscal o establecimientos anexos  la presentación por parte de los contribuyentes de  recibos de telefonía celular, internet, gas natural, televisión por cable o estados de cuenta de las entidades bancarias y financieras, siempre y cuando estos documentos no sean virtuales. Asimismo, cuando el contribuyente presente un documento para acreditar su domicilio fiscal a nombre de una tercera personas deberá de  incluir una autorización expresa. Estos cambios se implementaron mediante la publicación en el Diario El Peruano de la Resolución de Superintendencia N° 290-2014-SUNAT, la cual modifica la Resolución de Superintendencia N° 210-2004/SUNAT y modificatorias, que aprobó las disposiciones reglamentarias del Decreto Legislativo N° 943, el cual aprobó la Ley del Registro Único de contribuyentes. Fuente: Diario Gestión Fecha: 24.09.2014

La Sunat y la Nueva Comunicación Virtual de Transferencia de Acciones.

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) reguló la comunicación virtual de las emisiones, transferencias y cancelación de acciones y participaciones. La Ley del Impuesto a la Renta establece que las personas jurídicas domiciliadas en el país tienen la obligación de comunicar al ente recaudador en la forma, plazos y condiciones que este señale, las emisiones, transferencias y cancelación de acciones realizadas. Se incluyen las enajenaciones indirectas, que constituyen las transferencias de acciones o participaciones de personas no domiciliadas que, a su vez, son propietarias de acciones de personas domiciliadas, señala un informe de la Cámara de Comercio de Lima (CCL). Así, la Sunat mediante la Resolución de Superintendencia N° 169-2014/SUNAT aprobó el formulario virtual 1605 para efectuar dicha comunicación. precisión La comunicación debe hacerse al mes siguiente de la fecha en que los actos se realicen, en los plazos fijados para cumpl...

CREAN NUEVO SISTEMA DE LLEVADO DE REGISTROS DE VENTAS Y COMPRAS POR SUNAT OPERACIONES EN LINEA ( SOL)

Como se sabe, a través de la Resolución de Superintendencia N.° 286-2009/SUNAT se aprobó el Sistema de llevado de Libros y Registros Electrónicos (SLE-PLE), y se dispuso la afiliación a éste por parte de los deudores tributarios de manera opcional, así como la incorporación obligatoria para algunos deudores tributarios. Esto a fin de aprovechar el avance en las tecnologías de la información y comunicaciones así como facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias, además de reducir los costos que representa la conservación en soporte de  papel de libros y registros vinculados a asuntos tributarios.  En ese sentido, continuando con el objetivo de promover el uso de los medios electrónicos para el llevado de determinados registros vinculados a asuntos tributarios de manera electrónica y en el marco de los objetivos estratégicos de promover el cumplimiento tributario voluntario y reducir el incumplimiento tributario, mediante la Resolución de Superintendencia Nº...

Devolución de Impuesto a la Renta del 2012.

Las personas naturales con saldo a favor del Impuesto a la Renta podrán solicitar ante la Sunat la devolución de este monto. Para ello, el ente fiscal reguló la forma, trámites y condiciones que deberán reunir los beneficiados con este sistema, de conformidad con la RS Nº 035-2013-Sunat. Esta facilidad alcanza tanto a los contribuyentes que generan rentas de capital, es decir, de primera y segunda categorías, como a los que perciban rentas de trabajo (cuarta categoría o trabajadores independientes que emitan recibos por honorarios). El obligado tendrá habilitada dicha opción siempre y cuando haya presentado mediante Sunat virtual su declaración jurada anual del IR. Para ello deberá haber empleado el PDT Nº 681: renta anual 2012 - persona natural - otras rentas o el formulario virtual Nº 681 - simplificado renta anual 2012 - persona natural. Así, quien presente el citado formato podrá solicitar la devolución del saldo a favor por rentas del capital - primera categoría, r...

Sunat permite autorizar por Internet a un tercero para trámites tributarios.

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) informó hoy que ha implementado una opción en su portal web que permite a los contribuyentes autorizar a una tercera persona a través de Internet para que puedan efectuar sus trámites relacionados al Registro Unico del Contribuyente (RUC) y comprobantes de pago. De esa manera, señaló que simplifica sus servicios, reduciendo el tiempo y costos de los contribuyentes para que cumplan con sus obligaciones tributarias ya que no tendrán la necesidad de elaborar una carta poder y legalizar su firma. Para acceder a esta alternativa, el usuario deberá ingresar a  www.sunat.gob.pe  al módulo Sunat Operaciones en Línea (SOL) con su “Clave SOL” para autorizar a la persona que realizará sus trámites tributarios en los diferentes puntos de atención de la Sunat. Explicó que antes de la puesta en marcha de este servicio, era necesario que el contribuyente presentara una carta poder ante la Sunat con su fi...