Tomando en cuenta que nos encontramos a pocos días de que el plazo para el pago de la Gratificación por Navidad se cumpla, a continuación, presentamos un informe en el cual detallamos los aspectos generales que son necesarios conocer a fin de proceder con el pago oportuno de dicho beneficio social. 1. TRABAJADORES CON DERECHO Tienen derecho a percibir las gratificaciones ordinarias de julio y diciembre, los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada, sea cual fuere la modalidad de contrato de trabajo y el tiempo de prestación de servicios del trabajador. Se entiende por las modalidades de contrato de trabajo a los contratos de trabajo a plazo indeterminado, los contratos de trabajo sujetos a modalidad y de tiempo parcial. También tienen derecho, los socios – trabajadores de las cooperativas de trabajadores. Por el contrario, quedan excluidos de este beneficio, las personas que prestan servicios vía contrato civil de locación de servicios ...
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