Las gratificaciones forman parte de los beneficios sociales que corresponden a los trabajadores como parte del vínculo laboral. Estas pueden ser legales o a título de liberalidad. Serán gratificaciones legales aquellas otorgadas en forma obligatoria por mandato legal (ejemplo: Gratificaciones por Fiestas Patrias y Navidad), convenio colectivo o contrato de trabajo entre los trabajadores y el empleador.También encontramos a las gratificaciones extraordinarias, las cuales son otorgadas de manera excepcional o de forma esporádica, y por tanto no tienen carácter remunerativo, de conformidad con el artículo 19 del Texto Único Ordenado de la Ley de Compensación por Tiempo de Servicios, Decreto Supremo Nº001-97-TR, (01.03.19997). ¿ QUIENES TIENEN DERECHO A PERCIBIR GRATIFICACIONES ? Tienen derecho a percibir gratificación por Fiestas Patrias y Navidad, los Trabajadores sujetos al Régimen Laboral de la Actividad Privada, sea cual fuere su relación laboral, el...
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