Continuando con su política de facilitar el cumplimiento y reducir el costo de las obligaciones tributarias, la SUNAT ha dispuesto que la comunicación (alta) o modificación de establecimientos anexos se pueda realizar también a través de SUNAT Virtual, según se establece en la Resolución de Superintendencia N° 316-2017/SUNAT publicada el 29 de noviembre de 2017. Para realizar el trámite sólo será necesario ingresar a SUNAT Virtual ( www.sunat.gob.pe ) con su Clave SOL e informar los datos requeridos para dicho trámite: a. El tipo de establecimiento (casa matriz, sucursal, agencia, local comercial o de servicios, sede productiva, depósito o almacén, oficina administrativa y demás lugares de desarrollo de la actividad). b. El domicilio (dirección exacta de ubicación del establecimiento anexo). c. La condición del inmueble declarado como establecimiento anexo (propio, alquilado, cedido en uso u otros). Actualmente son más de 4000 trámites mensuales de altas o modificacio
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