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Mostrando entradas de julio, 2016

El despido arbitrario genera daño moral indemnizable.

Cese intempestivo puede generar posible deterioro de la imagen del trabajador afectado. Corresponde indemnizar por daño moral al trabajador despedido en forma arbitraria, debido a que el cese intempestivo sin causa justa ocasiona sufrimiento que se refleja en un posible deterioro en su imagen ante familiares, amigos y la sociedad. Este constituye el principal criterio jurisprudencial que se desprende de la sentencia recaída en la Casación N° 699-2015-Lima emitida por la Sala Civil Permanente de la Corte Suprema de Justicia ,( publicada en el diario oficial el peruano el pasado 30 de junio del 2016) Fundamento. A criterio del colegiado, el haberse puesto fin a la relación laboral de un trabajador sin que medie causa justa de despido conforme a ley, renuncia o acuerdo consensual entre las partes, significa que el empleador no respetó el contrato de trabajo. Situación que implica haber incurrido en la inejecución de la obligación contractual, acto que constituye una conducta anti

Sunat amplía plazo para no sancionar infracciones

La Sunat amplió el plazo hasta el 30 de setiembre para que los contribuyentes regularicen sus infracciones cometidas desde el primero de noviembre del 2008 en los libros y registros electrónicos donde llevan su contabilidad. Inicialmente el plazo para esta regularización vencía hoy, pero en uso de su facultad discrecional y para dar más facilidades a los contribuyentes, la administración tributaria, mediante la resolución de Superintendencia Nacional Adjunta Operativa N° 031-2016-SUNAT/600000, emitida en la fecha (30 de junio) dispuso no sancionar las infracciones tributarias relacionadas al uso de los Libros y Registros  electrónicos, otorgando un plazo adicional para subsanar estas infracciones antes del 30 de setiembre próximo. “En el caso de aquellos contribuyentes obligados o que voluntariamente lleven sus Libros y/o Registros electrónicos a partir del 1 de enero de 2016, las infracciones no serán sancionadas siempre que sean regularizadas antes del 31 de diciembre de 2016”