Se hizo esperar, pero la Ley contra los inquilinos morosos ya es una realidad. En efecto, además de crear el Registro de Deudores Judiciales Morosos, la Ley N° 30201( publicada hoy en el diario oficial El Peruano) también pone en vigencia la muy publicitada “cláusula de allanamiento a futuro del arrendatario” que posibilitaría la restitución inmediata de los predios arrendados a inquilinos morosos. En pocas palabras, la norma publicada hoy en el diario oficial, implementa una nueva modalidad de desalojo exprés, esta vez modificando el artículo 594 del Código Procesal Civil. Pero en qué consiste esto y cómo deberá operar judicialmente el lanzamiento de aquellos inquilinos renuentes a desocupar el inmueble pese a no pagar la renta. Acá un breve repaso de este proceso: 1. ¿Qué es la “cláusula de allanamiento a futuro del arrendatario”? Es un acuerdo expreso que podrá adicionarse a los contratos de arrendamiento de inmuebles. No es aplicable, por cierto, a los bienes
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