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Mostrando entradas de enero, 2015

Agenda de vencimientos de Hoy 12 de Enero del 2015

Atención emprendedores. Hoy es el Último día para que los contribuyentes que consignen como último dígito de RUC el número   8 efectúen el pago del Impuesto a la Renta, Impuesto General a las Ventas, EsSalud, ONP, Retenciones por concepto de Rentas de Quinta Categoría, Nuevo RUS, Impuesto Temporal a los Activos Netos y Sencico correspondientes al mes de diciembre 2014. Si desea recibir mas noticias para emprendedores , descargar el cronograma de obligaciones tributarias  SUNAT 2014  , recibir la agenda diaria  de vencimientos,o hacer una consulta gratuita debe hacer clic en Me gusta y entre en: www.facebook.com/noticierodelemprendedor . o en  www.facebook.com/grupopymescont GRUPO PYMESCONT ASESORIA Y CAPACITACION CONTABLE- TRIBUTARIA- FINANCIERA E INFORMATICA CONSULTAS GRATUITAS:  979315014

Levantamiento de condición de No Hallado y No habido en el RUC.

CONDICION DE NO HALLADO La condición de no hallado se adquiere de modo automático si al momento de  notificar documentos  o al  efectuar la verificación del domicilio fisca l se presenta alguna de las siguientes situaciones: Negativa de recepción de la notificación o negativa de recepción de la constancia de verificación del domicilio fiscal. Ausencia de persona capaz en el domicilio fiscal o éste se encuentra cerrado, o La dirección declarada como domicilio fiscal no existe. En los dos primeros casos, para que se adquiera la condición de no hallado, las situaciones mencionadas deben producirse en 3 oportunidades en días distintos. A partir del 01 de setiembre de 2014, en las verificaciones de domicilio  con resultado: ausencia de persona capaz o domicilio cerrado, el notificador dejará una constancia de visita bajo la puerta y fijará un cedulón en el domicilio fiscal declarado por el contribuyente de conformidad con la Resolución de Superintendencia N° 259-2014/SUNAT.

Multa por no Emitir Recibos Por Honorarios Electrónicos.

El incumplimiento de la emisión de los recibos por honorarios electrónicos -obligación vigente desde el 1 de enero del 2015- será sancionada con una  multa del 25% de la UIT  (equivalente a S/.962,50 ), precisó a  El Comercio  la funcionaria de la  Sunat , Gisella Cuentas. Explicó que a l igual que la no entrega de comprobantes de pago es castigada con una multa, los trabajadores independientes que no emitan estos recibos digitales también están afecta a las multas. “La infracción por no emitir comprobantes de pago está tipificada en el artículo 174° numeral 2 del  Código Tributario  y a efectos de aplicar la sanción, tratándose de la emisión de recibos por honorarios, corresponde una  multa del 25% de la UIT  o el cierre del establecimiento”, refirió la Sunat. Pero también se aplica el  régimen de gradualidad , el cual permite exonerar hasta el 90% de la multa  si es que se paga de forma inmediata, antes de la notificación de la Sunat. Cabe precisar que solo los trabajadore

¿Cómo puedo emitir recibos electrónicos?

Desde el 1 de enero, los trabajadores que emiten recibos por honorarios deberán hacerlo de manera electrónica. Para llevar a cabo este proceso, la Sunat da a conocer los pasos que deberá seguir: 1. Códigos. El contribuyente debe tener su número de  RUC , su clave SOL  y un código de usuario para concretar la emisión de recibos electrónicos a través del  portal de la Superintendencia . “Si gestiona por primera vez su  RUC , le entregarán su clave  SOL  y código de usuario como parte del trámite”, comunica la Sunat. 2. Ingreso. Para emitir un recibo por honorarios electrónico, tiene que ingresar a ‘Operaciones en línea’, disponible en el portal de la entidad recaudadora. 3. Búsqueda. Ya en el módulo debe ingresar a la sección ‘Trámites, consultas, declaraciones informativas’, y luego buscar el ítem ‘Emisión de recibo por honorario’ y hacerle click. 4. Datos. Para llenar el recibo deberá registrar el tipo de servicio que ha brindado, la clase de renta de cuarta categoría (si